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El pasado lunes 21 de agosto, el Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil emitió una decisión, con 9 votos a favor y 1 en contra, por la que se autorizaba oficialmente que los actos calificados de homofobia y transfobia se consideran delitos de insultos raciales. En el 2019, el mismo tribunal había establecido la clasificación de estas formas de discriminación como crímenes de racismo.
En la sesión plenaria virtual, nueve ministros siguieron el voto del ponente del caso, el ministro Edson Fachin. Sólo el Juez André Mendonça se declaró incapaz de votar. «Entiendo que la interpretación hermenéutica que restringe su aplicación a los casos de racismo y mantiene desprotegidos los delitos racistas perpetrados contra personas de la comunidad LGTBIQIA+, contradice no sólo la sentencia recurrida, sino todo el sistema constitucional«, dijo Fachin.
La deliberación tuvo lugar en el pleno virtual del Tribunal Supremo, donde la Asociación Brasileña de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Travestis, Transexuales e Intersexuales (ABGLT) presentaron su solicitud, subrayando que esta equiparación es esencial para garantizar una protección sólida a las personas que forman parte de la comunidad LGBTQIA+, así como al colectivo en su conjunto.
El motivo de esta acción se basa en la diferencia entre racismo e insulto racial, que son conceptos distintos en el ámbito jurídico:
- El crimen de racismo consiste en castigar las ofensas discriminatorias dirigidas a grupos o colectividades;
- El crimen de insulto racial, por su parte, está dirigido a penalizar a quienes faltan al respeto a la dignidad de otra persona utilizando elementos relacionados con su raza, color, etnia u origen nacional.
Debido a la falta de claridad sobre el alcance exacto de estas ofensas, ABGLT señaló que los tribunales inferiores las han interpretado de diversas maneras, alegando que «los insultos homotransfóbicos dirigidos a grupos LGBTQIA+ se tratan como racismo, mientras que los ataques dirigidos a personas pertenecientes a esta comunidad vulnerable no se clasifican como insulto racial».
Al nivelar las ofensas individuales con el crimen de insulto racial, la decisión permitirá que la discriminación contra las personas de la comunidad LGBTQIA+ esté sujeta a castigos más estrictos, superando las otras penas asociadas a los crímenes contra la honra.
Cabe señalar que la equivalencia entre los delitos de racismo e insulto racial ya había sido establecida por el propio STF y ratificada por una ley firmada en enero por el entonces presidente Luiz Inácio Lula da Silva (PT). La nueva legislación, sancionada este año, estipula que los insultos raciales son ineludibles e imprescriptibles. La pena oscila entre dos y cinco años de prisión, con posibilidad de duplicarse en caso de que el delito sea cometido por dos o más personas.
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